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Más de 16 mil pensionados de la Provincia de Quillota comenzaron a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias​

 

Ya comenzó el pago del aguinaldo para pensionados y pensionadas de la provincia, que asciende a $20.082 y se incrementa en $10.303 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de este año, en lo que supone una inversión del Estado superior a los 46 mil millones de pesos a nivel nacional, beneficiando a 16.656 personas de la Provincia de Quillota, con un monto total de más de 334 millones de pesos.

El gobernador Iván Cisternas Tapia se refirió al aguinaldo de Fiestas Patrias y precisó que “para los beneficiarios del IPS se incorpora a la pensión, sin mayor trámite y en el caso de las otras instituciones cada una determina su modalidad de pago”, destacando que la mayoría ya lo ha recibido sin problemas.

Por su parte, la seremi del Trabajo y Previsión Social, María Violeta Silva y el director  del IPS ChileAtiende en la Región de Valparaíso, Marcial Fernández, resaltaron este “esfuerzo del Gobierno que este año beneficiará a más de dos millones 213 mil 732 pensionados y pensionadas del país.”

Fernández subrayó que el pago “viene incorporado en la pensión, que este mes se paga en forma anticipada, para que esté disponible antes de las fiestas patrias”.

Quiénes pueden optar a este pago

Tienen derecho a este pago los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2020. También los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

En el caso del IPS, los beneficiarios son los pensionados de las ex-Cajas de Previsión; de la Ley 19.234 (Exonerados Políticos); de las Leyes de Reparación 19.123 y 19.992 (Ley Rettig y Valech, respectivamente); personas con Pensión Básica Solidaria (PBS), con Indemnizaciones del Carbón, Ley 19.129; y que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley 20.255.  Asimismo, lo son los pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

 

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